Más claridad y concisión para la aplicación del Reglamento CPR
El pasado 3 de Abril de 2017 la Subdirección General de Calidad y Seguridad, DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, hizo públicos los siguientes documentos:
VER DOCUMENTO:
http://www.f2i2.net/documentos/lsi/Construccion/29_RPC-reaccionFuego-REBT-3abril2017.pdf
VER DOCUMENTO:
http://www.f2i2.net/documentos/lsi/Construccion/30_RPC-reaccionFuego-RSCIEI-3abril2017.pdf
Estos documentos modifican y sustituyen los anteriores publicados, permitiendo clarificar los criterios de comercialización de los cables a partir del 1 de julio de 2017.
Las notas aclaratorias publicadas permiten disminuir la presión a distribuidores e instaladores, facilitando una transición más tranquila para eliminar sus stocks de productos no CPR.
Así, a partir del 1 de julio de 2017 se establece:
FABRICANTES: A partir del 1 de julio de 2017 solo podrán comercializar cables eléctricos que cumplan con el CPR, con marcado CE y cumpliendo con la clase exigida de reacción al fuego.
DISTRIBUIDORES E INSTALADORES: Aquellos cables que se hayan comercializado antes del 1 de julio de 2017 y que estén almacenados en distribuidores e instaladores podrán ser utilizados hasta agotar sus existencias.
Los distribuidores no podrán adquirir productos que no cumplan la normativa CPR a partir del 1 de Julio de 2017.
Fuente http://www.facel.es/
En Prysmian seguimos con el calendario establecido, invirtiendo y destinando toda nuestra experiencia y conocimiento en el desarrollo y comercialización de cables y soluciones CPR Compliant, con el fin de facilitar la transición y que toda la nueva gama de cables esté disponible en el punto de venta a partir del 1 de julio de 2017.
La seguridad de las instalaciones, la protección de las personas y los bienes materiales han sido y siguen siendo nuestra prioridad.
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